Artículo 130

Capítulo X

De los deberes

Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

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2 respuestas to “Artículo 130”

  1. TÍTULO III – Capítulo X « C.R.B.V en Audio Says:

    […] TÍTULO III – Capítulo X By Escritor Artículo 130 […]

  2. Margarette Says:

    – Manejo de ofimática. http://temporarylawn4108.blox.pl/2017/01/Campamentos-En-Ingleacutes-Albergue-Aventura.html

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